En Venezuela, la pensión está anclada al salario mínimo y se paga con dinero del presupuesto de la nación porque el fondo de pensiones no funciona. Expertos señalan que es inviable el sistema actual e identifican problemas comunes como el anclaje al salario mínimo y la multipensionalidad

Por: Juan Pedro Antonuccio – Programa de Formación de Nuevos Periodistas

Con dos jubilaciones de instituciones públicas y una pensión, Carmen Velasco pensaba que podría tener una vejez asegurada en lo económico. Mientras era enfermera de dos hospitales, sus dos sueldos le permitieron tener una casa propia y mantener a sus tres hijos. Pero no sucedió. Hoy, con sus salarios, más pensión y bonos asociados, apenas puede comprar parte de las medicinas que debe tomar.

Cada mes, un trabajador venezolano debe aportar obligatoriamente 4 % de su sueldo pensando en su vejez, según lo establece la Ley del Seguro Social. Así lo hizo Carmen por 3 décadas, en 2 trabajos simultáneos distintos. Ese aporte que cada mes le cede el trabajador al Estado venezolano se llama cotización. Cuando el trabajador acumule 750 semanas y llegue a los 55 años de edad si es mujer o 60 años si es hombre, podrá obtener una pensión de vejez.

Absalón Méndez Cegarra, coordinador del posgrado en Seguridad Social de la Universidad Central de Venezuela, explicó a El Pitazo que en sistemas pensionales como el venezolano “la gente prepaga la pensión mediante una figura que se llama cotización”. Esto sucede porque el sistema de pensiones venezolano es de carácter contributivo directo desde su establecimiento en 1966. Luis Cano, del Frente Amplio Unido por los Jubilados y Pensionados, se incluye entre ellos. “Era un fondo para el que trabajé por 46 años. Yo pagué mi pensión”.


No hay voluntad política por parte de las autoridades actuales para construir un sistema de pensiones y de seguridad social que proporcione bienestar y calidad de vida a los venezolanos

Edgar Silva

Generalmente, se asocia pensión con vejez, pero no es el único régimen contemplado por la ley. En el marco jurídico de 2002 existen también otros tipos de pensión, como el de invalidez o incapacidad parcial, además de las prestaciones de sobrevivientes, generalmente otorgadas a partir de la viudez. El pago en todas ellas debería provenir de un fondo de pensiones, establecido en la Ley y administrado por el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS), en el que los ingresos provenientes de trabajadores activos financiarían la pensión de aquellos ya retirados, en un ciclo permanente.

Esta dinámica es cada vez más objeto de debate en el mundo, ante el aumento de la esperanza de vida de las personas, el retraso en la edad de jubilación y la cantidad insuficiente de jóvenes cotizando para poder mantener el sistema pensional. No obstante, Venezuela tiene su propio debate interno. “La pensión por vejez se paga toda a cargo del fisco nacional, porque el fondo de pensiones fue desaparecido”, explica Méndez.

Esta es una práctica que empezó mucho antes de los gobiernos actuales. Edgar Silva, representante del Comité de Derechos Humanos de los Jubilados y Pensionados, afirma que “el fondo de pensiones colapsó”, pues sus ingresos fueron utilizados en los años 80 y 90 para “hacer inversiones riesgosas, promover numerosos hechos de corrupción y por no hacer los ajustes financieros y actuariales periódicos”.


Entre esas inversiones estuvo la construcción de la urbanización Juan Pablo II en Caracas, módulos turísticos en Río Chico e, incluso, subsidios a bancos. “Lo que pudo ser un sistema sustentable en el tiempo, lo liquidaron en su nacimiento, al tomarlo como caja chica de los gobiernos de turno”, comentó a El Pitazo.

¿Por qué salario mínimo?

En Venezuela, aumentar el salario mínimo es incrementar también las pensiones porque están atadas a él. Pero esto no siempre fue así, ni es lo que está establecido en el marco legal vigente. Tanto la Ley como su reglamento establecen el cálculo a partir del cuál debería obtenerse el monto que sería pagado como pensión, en el que se consideran los últimos salarios y la cantidad de cotizaciones. Por cada 50 semanas adicionales cotizadas por encima de las 750 con las que se accede a la pensión, el pago debería aumentar en 1 %.

“Hay una banda para cotizar, que oscila entre 1 y 5 salarios mínimos. Si usted está cotizando sobre el ingreso de 50 salarios mínimos, ¿cómo es posible que cuando tenga derecho a la pensión, le paguen una equivalente al salario mínimo?”, explica Méndez. Según Silva, “no deben tener una pensión igual aquel que acumuló 1.500 cotizaciones o el que cotizó 750 y mucho menos debe ser igual al que no completó las cotizaciones o no cotizó nunca”.


Las pensiones y jubilaciones otorgadas mediante el sistema de seguridad social no podrán ser inferiores al salario mínimo urbano

Artículo 83 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela

Actualmente, el salario mínimo es de 130 bolívares (3,6 dólares). Méndez atribuye esta situación a una mala interpretación del artículo 80 de la constitución, que establece que “las pensiones y jubilaciones otorgadas mediante el sistema de seguridad social no podrán ser inferiores al salario mínimo urbano”. Inferiores no significa iguales.

En los años 90, la reivindicación de muchos grupos de pensionados era la homologación de la pensión con el salario mínimo, porque muchas de las pensiones eran inferiores. Entre estos grupos estaba el de Silva y lograron que fuera reconocida en la nueva constitución la obligatoriedad de un salario mínimo para las pensiones. “Esa decisión del gobierno de Chávez de anclar las pensiones y pagar por igual el salario mínimo a todos los que hayan cotizado, y los que no, a la seguridad social, es ilegal y extremadamente injusta”, agrega Silva.

De hecho, en Venezuela se ha terminado por igualar las pensiones de los contribuyentes con los pagos que se hacen a quienes nunca cotizaron, a través de la misión Amor Mayor. Antes, las personas que no habían cotizado en el Seguro Social recibían asignaciones económicas dependientes del Instituto Nacional de los Servicios Sociales. Con Amor Mayor, esto fue igualado al salario mínimo y asumido por el IVSS, órgano rector de las pensiones. Para Méndez, “en Venezuela se está haciendo justicia social con un sector mientras se hace injusticia social con otro”.

“No solo es ilegal e injusto, sino que ese criterio tomado por el Gobierno genera evasión del trabajador a querer cotizar al sistema. ¿Para qué cotizar, si al que no cotiza le pagan igual al que cotiza?”, se pregunta Silva. Esto puede tener particular incidencia entre los jóvenes, que no ven ningún incentivo en entrar a un régimen laboral formal. A Amanda Rodríguez, especialista en mercadeo de 25 años, no le interesa pagarlo. Las semanas cotizadas que acumula son solo de aquellos trabajos formales que ha tenido. “Sé que mi abuela en sus años dorados vivía de la pensión, pero actualmente son como tres dólares. Si no tuviera un trabajo formal, dudo mucho que me hubiese inscrito”.

Una pensión, ¿400 jubilaciones?

Carmen Velasco es enfermera profesional jubilada. Aparte de su pensión de 130 bolívares, cobra 2 jubilaciones: una por haber trabajado en el hospital Miguel Pérez Carreño, dependiente del IVSS, y otra por su labor en el hospital José Ignacio Baldó (El Algodonal), adscrito al Ministerio de Salud. Tener doble trabajo en la Administración pública implicaba doble jubilación, pues se trata de contrataciones colectivas de cada institución pública, que sigue pagando de su nómina a los jubilados.

“Nadie en este momento sabe cuántos regímenes de jubilaciones públicos hay. Se habla de 400, 440, 800, 1.200. Eso es un secreto”, afirma Méndez. Este dinero no proviene de cotizaciones sino del presupuesto nacional y su asignación a cada institución. Por todo ello, explica que “en Venezuela opera un régimen pensional que puede llamarse multipensión. Es un fenómeno particular de Venezuela”. Según Méndez, esto podría contrariar la ley vigente del Seguro Social, que establece un sistema universal de pensiones, como funciona en buena parte del mundo.


Nadie en este momento sabe cuántos regímenes de jubilaciones públicos hay

Absalón Méndez

Adicional al sistema multipensional, otro elemento ha adquirido fuerza: los bonos. Silva comenta que, aunque desde los años 90 los gobiernos han optado por bonificar el salario, el gobierno de Nicolás Maduro ha aumentado esta estrategia. A través del sistema Patria, se otorga un bono de Guerra Económica, indexado a 25 dólares mensuales, más de 7 veces el monto de la pensión.

Los bonos no se contemplan para las cotizaciones del Seguro Social ni para el pago de prestaciones o liquidación. Luis Cano señala que “esto favorece al Gobierno y a la empresa privada. Yo puedo contratar a alguien por 130 bolívares y le doy un bono”. Edgar Silva sostiene que “la bonificación significa la destrucción del salario y las pensiones del IVSS. Las consecuencias para la seguridad social son catastróficas, por cuanto, aleja a los venezolanos de la construcción de un sistema de seguridad social oportuno, eficiente, eficaz, humano y sustentable en el tiempo”.


Este ingreso digno negado por el Gobierno nos impide también acceder al derecho a la alimentación y las medicinas por lo insuficiente, lo que constituye una condena a muerte. En la práctica es un exterminio

Edgar Silva

Después de 3 décadas cotizando, Carmen Velasco recibe apenas una pequeña parte de lo que aportó. En una jubilación gana 574,32 bolívares (15,90 dólares) y en la otra 322,14 bolívares (8,92 dólares). Su mayor ingreso son los bonos de Alimentación correspondientes a cada salario, que desde el año pasado fueron indexados a 40 dólares. Aun así, no le es suficiente. “Lo que se hace con la pensión es para pasar hambre”, comenta.

Situaciones como la suya generan una carga mayor en generaciones más jóvenes, que, a pesar del desinterés de muchos, cargan a sus espaldas el colapso del sistema de pensiones en Venezuela. “La pensión es un salario sustitutivo, para que el jubilado mantenga o mejore su calidad de vida”, explica Méndez. Con los salarios actuales, ni Carmen ni millones de adultos mayores venezolanos pueden lograrlo.

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