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sábado, 18 mayo, 2024

Nicolás Maduro busca emular leyes de Daniel Ortega para controlar las ONG

Ambas normativas han sido rechazadas contundentemente por las diferentes ONG que hacen vida tanto en Venezuela como en Nicaragua

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Caracas.- La Comisión de Política Exterior de la Asamblea Nacional de Nicolás Maduro aprobó el proyecto de ley de Cooperación Internacional, este viernes, 16 de abril. Este proyecto tiene como finalidad controlar a las Organizaciones no Gubernamentales (ONG), tal y como sucede en Nicaragua con la Ley de Agentes Extranjeros aprobada por el gobierno de Daniel Ortega.

Ambas normativas han sido rechazadas contundentemente por las diferentes ONG que hacen vida tanto en Nicaragua como en Venezuela, pues sus representantes aseguran que con estas leyes se busca evitar que las ONG sigan denunciando las violaciones de Derechos Humanos en estos dos países.

Rafael Uzcátegui, coordinador general de la ONG Provea en Venezuela, manifestó a EL Pitazo: “es el intento gubernamental de colocar a las organizaciones que hemos denunciado las violaciones de derechos humanos al borde de la ilegalización”. Por su parte, Alí Daniels, coordinador de la ONG Acceso a la Justicia, catalogó como un ataque a las ONG este registro promovido en este nuevo proyecto.

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Mientras que en Nicaragua, la organización no gubernamental sueca We Effect se retiró del país a causa de la entrada en vigor de la polémica Ley de Regulación de Agentes Extranjeros. Esta ONG tenía más de 30 años trabajando en proyecto sociales en Nicaragua.

Desde El Pitazo te presentamos una serie de similitudes reflejadas en estas normativas:

1.- En ambas leyes, las Organizaciones No Gubernamentales deben estar registradas ante el gobierno. En Nicaragua es mediante el Ministerio de Interior y en Venezuela es en la Oficina Nacional Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo.

2.- Las ONG deben suministrar información sobre constitución, estatutos, actividades que realizan, proveniencia, administración y destino de sus recursos, con especificación detallada de sus fuentes de financiamiento.

3.- En Nicaragua, quienes sean consideramos como agentes extranjeros se les prohíbe participar en política interna, financiar organizaciones políticas y ser empleados públicos o candidatos en elecciones.

4. En Venezuela, las ONG que no estén inscritas en este registro único no podrán funcionar.

5.- Además de las ONG en Nicaragua deberán inscribirse en el registro los consejeros, relacionistas públicos, agentes de publicidad, empleados de servicios de información o consultores políticos para o en interés de gobiernos, empresas o fundaciones extranjeras.

Con información de www.dw.com

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