¡Me quiero ir!| ¿Quieres estudiar en España?

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Por: Glenda Fermín

Hace más de 20 años llegué a España con una autorización de estancia por estudios. La autorización de estancia por estudios, en las propias palabras del estado “Es una autorización que habilita a permanecer en España por un período superior a noventa días para la realización o ampliación de estudios en un centro de enseñanza autorizado en España, en un programa a tiempo completo, que conduzca a la obtención de un título o certificado de estudios.”

España es un país con una amplia oferta formativa, y establecerse como estudiante es una opción, así que el camino se inicia en esa búsqueda de los estudios de elección y la aceptación en los mismos. 

Si el futuro estudiante se encuentra en Venezuela, o en un país de residencia legal se tramita un visado de estancia por estudios ante el Consulado de España, gestionando previamente cita previa.

Información y solicitud de cita previa (exteriores.gob.es)

¿Qué documentación debo llevar?

  1. Formulario de solicitud de visado nacional.
  2. Fotografía. Una fotografía reciente, tamaño carné, a color, con fondo claro, tomada de frente, sin gafas oscuras, ni reflejos, ni prendas que oculten el óvalo de la cara.
  3. Pasaporte válido y en vigor, es importante señalar que el pasaporte debe ser válido, como mínimo, para toda la duración de la estancia prevista y tener dos páginas en blanco. No se admiten pasaportes expedidos hace más 10 años.
  4. Prueba de la admisión para la actividad de estudios, formación, voluntariado o prácticas.

¿De cuántos medios económicos debo disponer?

  • Prueba de la disponibilidad de medios económicos. Original y una copia de los documentos que prueben que el solicitante (o su representante legal o familiar que le respalda) dispone de medios económicos suficientes para cubrir los gastos de la estancia y regreso del estudiante.

La cantidad mínima exigida equivale al 100% del IPREM. El IPREM correspondiente al año 2022 es de 579,02 euros mensuales. Si los estudios tendrán una duración de un año, debe sumársele lo que se denomina pagas extraordinarias que ascendería a la cantidad de 8.106,28 euros.

A esta cantidad hay que añadir el 75% el IPREM por el primer familiar y el 50% del IPREM por cada familiar adicional, si viaja con su familia.

Dicha cantidad puede ser disminuida, si se acredita que el alojamiento ya está pagado por adelantado para toda la estancia. El sostenimiento económico debe estar avalado por fondos propios del solicitante o de un familiar directo.

Si el sostenimiento económico está a cargo de un familiar se requiere documento de compromiso suscrito ante notario público (original y copia), así como acreditar el parentesco por medio de los registros civiles de nacimiento y/o matrimonio (originales apostillados y copias).

¿Qué documentos prueban los medios económicos?

Se exigirá los estados de cuenta bancarios de los últimos tres meses emitidos y sellados por la entidad bancaria (original y copia).

En caso de beca se deberá aportar original y copia del documento expedido por la institución que concede la beca.

En mi caso, fui becaria de la Agencia Española de Cooperación Internacional, Institución reconocida, actualmente AECID:

https://www.aecid.es/ES/la-aecid/anuncios/becas-y-lectorados

Pero existen otras instituciones como por ejemplo la Fundación Carolina:

No se computarán, a los efectos de garantizar ese sostenimiento, las cuantías utilizadas o a utilizar para sufragar, en su caso, el coste de los estudios, del programa de movilidad o de las prácticas no laborales.

  • Seguro de enfermedad. Suscrito con una entidad aseguradora autorizada a operar en España, debe cubrir todos los riesgos asegurados por el sistema público de salud en España.
  • Certificado de antecedentes penales. Cuando la duración de los estudios supere los 180 días, los solicitantes mayores de edad penal presentarán original y una copia del certificado de antecedentes penales expedido por el país o países de residencia en los últimos 5 años. (Legalizado y apostillado).
  • Certificado médico. Original y una copia de un certificado médico que acredite que el solicitante no padece enfermedades que puedan tener repercusiones graves para la salud pública de conformidad con el Reglamento Sanitario Internacional de 2005.  En Venezuela lo expide el Ministerio del Poder Popular para la Salud (original y copia). No debe tener una antigüedad mayor a 90 días.

El certificado debe incluir obligatoriamente el siguiente texto: “Este certificado médico acredita que el Sr. / Sra. (…) no padece ninguna de las enfermedades que pueden tener repercusión de salud pública graves de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Sanitario Internacional de 2005”.

Se puede presentar como un documento anexo al certificado mientras esté sellado y firmado por un médico colegiado y redactado en un formato “presentable”

  • Prueba de la residencia en la demarcación consular. Cédula de identidad venezolana.
  • Prueba la identidad y capacidad del representante. Si el solicitante es menor de edad, se presentará copia del documento de identidad o pasaporte del progenitor y del documento que pruebe el parentesco.
  • Autorización de los representantes legales. Si el solicitante es menor de edad, se aportará original y una copia del acta notarial de los progenitores o tutores, que autoriza el desplazamiento del menor a España, y se identifica a la persona que se hará cargo del menor en España.
  • Abono de la tasa de visado. EL consulado informa que la tasa de visado se abonará solo en bolívares soberanos, en efectivo o tarjeta de débito y en la caja de este Consulado con un único pago. No es posible cancelar las tasas de una solicitud con cargos parciales a diferentes tarjetas o una parte en efectivo y otra en tarjeta. El titular​ de la tarjeta debe estar presente y debe presentar su cédula de identidad en original. No se aceptan pagos con tarjeta de crédito.

El plazo para resolver la solicitud es de un mes. Una vezlo aprueben, se tiene un plazo de 2 meses para retirarlo desde la notificación.

Una vez que te encuentres en España, cuando la autorización sea de una duración superior a los 6 meses, se tiene la obligación de tramitar en documento en físico en la Comisaría de Policía que corresponda por domicilio.

Si se inicia el procedimiento en España, se presenta dentro de los 60 días, con el impreso de solicitud en modelo oficial (EX00), y el resto de los documentos anteriormente señalados para la tramitación del visado. (Medios económicos, seguro médico, documentación de admisión en centro de enseñanza, antecedentes penales en su caso, etc.).

Mi experiencia como estudiante en España fue muy provechosa y tengo los mejores recuerdos de esos dos años. Si estas considerando estudiar fuera, España sin duda es un destino recomendado.

GLENDA FERMÍN / @glendaferminabogada

Abogada venezolana. Especialista en Derecho de Extranjería de la Universidad de Granada y máster en Derecho Migratorio de la Universidad Autónoma de Madrid.

El Pitazo no se hace responsable ni suscribe las opiniones  expresadas en este artículo.


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