¡Me quiero ir!|  Soy madre (o padre) de un menor español ¿Cómo tramito la autorización de residencia?

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Por: Glenda Fermín

Muchos venezolanos tienen doble nacionalidad de origen, venezolana y de algún país de la Unión Europea. Esta situación nos ha permitido, en muchísimos casos, tener hijos menores con nacionalidad de la Unión. Existe diferencia si se es progenitor de un menor español, a un progenitor de un menor nacional de otro estado miembro de la Unión.

¿Cuándo tengo derecho a una Tarjeta de Familiar de la Unión como padre/madre de un menor nacional de la Unión?

El progenitor, nacional de un tercer país, de un menor nacional de la Unión Europea (diferente de la española), siempre que el menor se encuentre en territorio español, puede solicitar la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión en virtud de la doctrina conocida como Zhu y Chen.

Los familiares de ciudadanos de la Unión (Comunitarios) deberán acreditar un mínimo de requisitos. Esto es:

  • Acreditar para sí mismo y para los miembros de su familia de un seguro de enfermedad que cubra la totalidad de los riesgos en el Estado miembro de acogida
  • Recursos suficientes a fin de que no se conviertan, durante su residencia, en una carga para la asistencia social del Estado miembro de acogida.

¿Y si no reúno estos requisitos?

Si nos encontramos ante este caso, se podrá solicitar la figura del arraigo familiar, con autorización de residencia por un año que podrá ser prorrogable, conforme a doctrina del Tribunal Supremo.

Es importante señalar que la concesión de la autorización de residencia lleva aparejada una autorización de trabajo por cuenta ajena o propia en España.

Para ello deberá:

  • Demostrarse el vínculo con el menor (literal de nacimiento del menor de su nacionalidad europea)
  • Copia del pasaporte completa del progenitor
  • Certificado de empadronamiento con el menor. Si no existe convivencia con el menor, padrón del menor en territorio español y, preferiblemente, sentencia de medidas paternofiliales si fuese el caso, o declaración del otro progenitor señalando el cumplimiento de las obligaciones paternofiliales, más el propio certificado de empadronamiento del progenitor.
  • Antecedentes penales del país de origen.
  • Formulario Ex 10.

¿Si soy padre/madre de un menor español?

En el caso de encontrarnos ante un menor español, la autorización otorgada será de CINCO AÑOS (a diferencia de si es nacional de otro estado, cuando se otorga un año prorrogable).  No le es aplicable el Régimen de Ciudadanos de la Unión (Comunitario) al ser menor español y no hacer uso de su derecho a libre circulación por el territorio de la Unión.

Los requisitos del arraigo familiar como padre de menor español son exactamente los mismos que hemos señalado antes, con la diferencia de la validez de esta, que es de cinco años.

Siempre les comento que la inexistencia de antecedentes penales es fundamental para la obtención de cualquier autorización de residencia en territorio español, esta autorización es una de las pocas en la que se valoraría su otorgamiento a pesar de contar con penales.

Solamente podrá denegarse en esos casos que señala el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), en los casos de que la misma pueda suponer un peligro para el mantenimiento del orden público y la salvaguarda de la seguridad pública, teniendo en cuenta que “el TJUE ha declarado en reiteradas ocasiones que el concepto de orden público requiere, en todo caso, aparte de la perturbación del orden social que constituye cualquier infracción de la ley, que exista una amenaza real, actual y suficientemente grave que afecte a un interés fundamental de la sociedad. Básicamente dependerá de la naturaleza del delito cometido y su gravedad.


En todo caso, es una autorización de sencilla tramitación y puede efectuarse con asistencia letrada, o sin ella, así que si eres padre/madre de un menor de nacionalidad de la Unión, debes saber que a través de él, si se encuentra junto a ti en territorio español, podrás tramitar esta autorización conocida como “Arraigo Familiar”.

GLENDA FERMÍN / @glendaferminabogada

Abogada venezolana. Especialista en Derecho de Extranjería de la Universidad de Granada y máster en Derecho Migratorio de la Universidad Autónoma de Madrid.

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