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martes, 30 abril, 2024

Caso Wilevis Brito | Negligencia médica: qué es y cómo se sanciona en Venezuela

Familiares de la comunicadora social y modelo Wilevis Brito (24) pidieron al Ministerio Público que investigue su muerte en el hospital Domingo Luciani por presunta negligencia médica, de acuerdo con un comunicado publicado por allegados a la joven

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Caracas. La familia de la comunicadora social y modelo de 24 años, Wilevis Brito solicitó al Ministerio Público abrir una investigación por presunta negligencia médica. La joven murió el 8 de abril en el hospital Domingo Luciani al someterse a una cirugía bucomaxilofacial.

“La pérdida de Wilevis es una tragedia que podría haberse evitado. Exigimos una investigación exhaustiva y transparente sobre las circunstancias que rodearon su atención médica y la responsabilidad de aquellos encargados de velar por su bienestar”, dice el comunicado publicado el 13 de abril por allegados a la joven.

Familiares de Wilevis Brito acuden a la Fiscalía para que se investigue su muerte

Este caso abre una discusión pública sobre la negligencia médica en Venezuela. En El Pitazo consultamos a tres expertos en el área, quienes prefirieron conservar sus identidades en resguardo, pero precisaron que la negligencia médica es un término con muchas acepciones.

“La negligencia puede ser un descuido, desatención, falta de aplicación, imprudencia y cuando se abandona la atención o hay indolencia, desinterés. También puede ser que la persona sienta que la atención está por debajo de los estándares que quizás pudo recibir, luego la relación médico-paciente adecuada o si ha existido un perjuicio”, dijo otro de los especialistas consultados. 

Los casos de negligencia no se limitan a una falta del médico. También abarcan el centro de salud en el que se atendió el paciente. La negligencia puede ser directa o indirecta, agrega el médico con 15 años de experiencia. La negligencia indirecta, señala, incluye la situación del sistema de salud, la infraestructura de los hospitales y la operatividad de los servicios. 

“No hay descuido porque el médico la atendió, no hay desatención porque lo vieron, sino que se vincula con las condiciones externas: no hay ambulancia para el traslado, hay lista de pacientes en espera, no hay pruebas, reactivos o equipos para someterlo a determinado estudio que requiera su diagnóstico”, sostiene. 

Hasta la fecha de publicación de este artículo, la familia de Wilevis Brito espera que el Ministerio Público designe a un fiscal para iniciar las averiguaciones sobre su muerte. El acta de defunción precisa que sufrió insuficiencia respiratoria y tromboembolismo pulmonar, pero no especifica qué situación los originó. 

Historia médica es clave

Otro médico menciona que para determinar la negligencia médica hay un procedimiento clave: la revisión de la historia médica que se actualiza en un rango determinado de horas dependiendo de la gravedad y diagnóstico del paciente, en la que se fijan medicamentos, estudios que requiere y otra información puntual a la que se le hace seguimiento. 

“El problema de salud es una cuestión multidisciplinaria y de muchos factores que pueden afectar al paciente. Aunque todo lo que está en la historia clínica es lo que se investiga”, precisa. 

Cuando los afectados presentan denuncias ante el Ministerio Público, el organismo solicita la historia médica para verificar el cumplimiento de las funciones registradas con la atención y evolución de los pacientes y revisar si se reportaron fallas en los servicios de salud. 

“El uso indiscriminado de la palabra negligencia es incorrecto, hay que tomarlo desde el punto de vista de si fue o no atendido (el paciente), pero el sistema no está funcionando”, menciona un odontólogo consultado. 

Las identidades de los médicos consultados por El Pitazo se mantienen en resguardo debido a un código interno de confraternidad, establecido en el artículo 104 de su Código de Deontología Médica, en el que se precisa que no pueden emitir opiniones que perjudiquen moralmente a un colega o al ejercicio de la profesión sin tener detalles.

¿Qué dicen las leyes sobre negligencia médica?

El artículo 216 del Código de Deontología Médica específica que las faltas a la moral médica cometidas por ignorancia, negligencia, impericia o mala fe, que sean comprobadas debidamente, serán objeto de sanciones por los tribunales disciplinarios de los Colegios de Médicos y por la Federación Médica Venezolana. 

Ambas instancias están facultadas “para recomendar y tramitar la suspensión del ejercicio profesional ante los organismos competentes, sin perjuicio de las sanciones establecidas en la Ley del Ejercicio de la Medicina y en el Colegio Penal. En los casos de impericia, que por su repetición significaren ignorancia de la materia, se participará a la Universidad que confirió el título, a fin de que conozca el caso”, dice la legislación vigente. 

Mientras que el artículo 412 del Código Penal establece penas de prisión a quien haya obrado con negligencia o impericia en su profesión y ocasionado la muerte de alguna persona.

“El que por haber obrado con imprudencia o negligencia, o bien con impericia en su profesión, arte o industria, o por inobservancia de los reglamentos, órdenes e instrucciones, haya ocasionado la muerte de alguna persona, será castigado con prisión de seis meses a cinco años”, dice la ley.

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