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sábado, 18 mayo, 2024

TSJ declara constitucionalidad de estado de excepción en cuatro municipios de Táchira

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La sentencia N° 1.174 fue publicada este martes en el portal web del organismo | Foto: Sibci

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró la constitucionalidad del Estado de Excepción decretado por el presidente de la República, Nicolás Maduro, en los municipios Lobatera, Panamericano, García de Hevia y Ayacucho del estado Táchira, bajo el Decreto N° 1.969.

La sentencia N° 1.174, publicada este martes en el portal web del organismo, indica que el propósito de estas acciones por parte del Ejecutivo Nacional es «impedir la extensión o prolongación de la situación coyuntural, sistemática y sobrevenida, del contrabando de extracción organizado a diversas escalas, así como la violencia delictiva que le acompaña y los delitos conexos, que trasgreden el orden público, la seguridad y defensa, así como la soberanía alimentaria y económica de la zona fronteriza, y del resto de la Nación».
El texto señala que, además, el estado de excepción «cumple con la necesidad que tiene el Gobierno Nacional de proteger a las instituciones y al pueblo venezolano«.
El pasado 21 de agosto el Presidente Maduro decretó estado de excepción en los municipios Bolívar, Ureña, Junín, Libertad, Independencia y, posteriormente, se extendió a Rafael Urdaneta, jurisdicciones ubicadas en la zona fronteriza con Colombia. Estas seis regiones conforman la zona especial fronteriza uno.
Asimismo, el pasado 28 de agosto Maduro decretó excepción en otros cuatro municipios de Táchira (Lobatera, Panamericano, García de Hevia y Ayacucho), que ahora conforman la segunda zona especial de atención que el Gobierno venezolano ha establecido para, según dice, «restablecer la paz y la seguridad en la zona fronteriza».

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