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viernes, 3 mayo, 2024

TSJ admite amparo de José Brito para desconocer resultados de la Primaria

El TSJ ordenó suspender todos los efectos de las distintas fases del proceso electoral conducido por la Comisión Nacional de Primaria

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Caracas.- La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) admitió este lunes, 30 de octubre, el recurso presentado por el diputado chavista José Brito y ordenó suspender «todos los efectos de las distintas fases del proceso electoral conducido por la Comisión Nacional de Primaria (CNP)».

El TSJ, además, ordenó a la Comisión Nacional de Primaria, de conformidad con el artículo 184 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, remitir los antecedentes administrativos, con las veinticinco (25) fases que deben regir al proceso electoral, que incluya la aceptación de la postulación de María Corina Machado, así como las renuncias de Henrique Capriles Radonski, Freddy Superlano y cualquier otro candidato que haya renunciado a la Primaria.

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También exigen que se les envíen las actas del evento celebrado el 22 de octubre de 2023, donde se incluyan las Actas de Constitución de las Mesas Electorales, los Cuadernos de Votación, las Papeletas de Votación, las Actas de Escrutinios, así como las Actas de Totalización Regionales, el Acta de Totalización Definitiva, el Acta de Adjudicación y la de Proclamación.

Por su parte, la Sala Electoral ordenó remitir «un Informe sobre los aspectos de hecho y de derecho, indicando el mecanismo empleado para el resguardo del material electoral y el lugar destinado a tal efecto; todo ello relacionado con la demanda, según lo establecido en el artículo 184 eiusdem, en un lapso de tres (3) días de despacho contados a partir de su notificación».

Asimismo, el TSJ notificó al fiscal impuesto por la constituyente oficialista, Tarek William Saab, «con vista a las múltiples y graves denuncias relacionadas con ese evento electoral» por considerar que «pudiesen configurar la presunta comisión de delitos contra la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la presunta comisión de ilícitos electorales y la presunta comisión delitos comunes».

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