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sábado, 27 abril, 2024

Ley para la Protección de Activos en el extranjero: ¿cuál es su alcance?

La norma tiene como finalidad proteger el patrimonio venezolano frente a lo que el parlamento oficialista, asegura, cualquier intento o acción de expolio, protagonizado desde el extranjero, con o sin la participación de personas o entidades venezolanas

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Caracas.- La Asamblea Nacional oficialista (AN) aprobó el martes, por unanimidad, la Ley para la Protección de Activos, Derechos e Intereses de la República y sus Entidades en el Extranjero, que busca recuperar bienes del país en el exterior, donde son administrados por un sector de la oposición.

Diosdado Cabello, primer vicepresidente del PSUV, dijo que el texto declara como nulo cualquier intento o acción de organismos internacionales contra bienes del Estado, que, aseguran, le pertenecen a Venezuela, no a los Estados Unidos o algún grupo político de la oposición venezolana.

¿Qué puntos contempla la ley?

Cabello recalcó que se le aplicará la ley a todo el que participe, directa o indirectamente, en el robo o hurto de los bienes de la nación. Estos son algunos de los aspectos más resaltantes que contempla la norma:

  • La ley, de acuerdo con el texto, tiene como finalidad proteger el patrimonio venezolano frente a cualquier intento o acción de expolio, protagonizado desde el extranjero, con o sin la participación de personas o entidades venezolanas.
  • En su Capítulo II, apartado 6, se desconoce de manera absoluta y desde su origen cualquier actuación o acto jurídico celebrado o ejecutado por personas o entidades que se atribuyan o pretendan atribuirse ilegítimamente la representación de la República o sus entidades, al amparo del reconocimiento ilícito o ilegítimo que hicieren entidades, poderes o autoridades extranjeras, de alguna autoridad, potestad, función o capacidad negocial no otorgada conforme al derecho venezolano.
  • El artículo 7 establece que se declara nula y en consecuencia ineficaz cualquier actuación, negociación, oferta, acuerdo, compromiso o acto de administración, enajenación o disposición en torno a cualquier activo, derecho o interés de la República o sus entidades, por parte de personas que usurpen, pretendan usurpar o se atribuyan la representación de la República o sus entidades.
  • Sobre el rol de la Procuraduría General de la República, la ley indica que como órgano superior de consulta del Ejecutivo nacional deberá ejercer el control y supervisión de las consultorías jurídicas y demás unidades a cuyo cargo esté la defensa judicial o la asesoría jurídica de las entidades nacionales.
  • El artículo 12 establece la responsabilidad penal contra quienes usurpen funciones o se atribuyan ilegítimamente la representación del Estado en el manejo y defensa de activos en el exterior, en alusión al extinto gobierno interino y la AN de 2015, y se remite a la aplicación de la legislación vigente.
  • Seguido, el artículo 13 sanciona con pena de 15 a 20 años de prisión a quienes participen directa o indirectamente en negociaciones, ofertas, acuerdos, compromisos o actos de enajenación o disposición sobre cualquier activo, derecho o interés de la República o sus entidades ubicados en el extranjero.

Disposiciones finales

  • En su disposición final primera, la ley declara inexistente y sin efecto jurídico las figuras fraudulentas que pretenden usurpar los cargos de la República.
  • Entretanto, en la disposición final segunda, la norma establece que la ley entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República.

A principios de mayo, el Departamento del Tesoro estadounidense decidió, a través de la licencia general número 42, no adoptar «medidas coercitivas» para bloquear la subasta o un acuerdo negociado sobre Citgo, filial de la venezolana petrolera Pdvsa en EE.UU.

La licencia autoriza al Parlamento del periodo 2016-2021, formado por una amplia mayoría opositora y relevado en 2021 por un Legislativo de mayoría chavista, a efectuar ciertas transacciones en relación con cualquier deuda del Gobierno de Venezuela, Pdvsa o cualquier entidad en la que la estatal posea «una participación del 50 % o más».

La decisión también permite la negociación de acuerdos de conciliación con personas designadas por este Legislativo, considerado por EE. UU. como la última institución elegida democráticamente en Venezuela.

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