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jueves, 13 junio, 2024

Claves | Estatuto de la Transición ¿Qué potestades le quedaron a Guaidó?

La Asamblea Nacional electa en 2015 aprobó la continuidad del Parlamento presidido por Juan Guaidó y de la presidencia encargada, pero las atribuciones del líder opositor cambiaron y se distribuyeron entre él y la Comisión Delegada

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Caracas.- La Asamblea Nacional opositora electa en 2015 acordó en una sesión extraordinaria realizada en la noche del lunes 3 de enero, aprobar la continuidad del Parlamento por un año más y de la presidencia encargada de Juan Guaidó, quien también sigue siendo el presidente del Poder Legislativo.

La sesión se celebró para reformar el Estatuto de la Transición y el documento fue presentado con 13 modificaciones entre las que se distribuyeron algunas funciones al presidente interino y otras a la Comisión Delegada. Dicho Estatuto fue el que permitió la continuidad de la AN hasta el 4 de enero de 2021.

Aquí te contamos cuáles son esas atribuciones que le quedaron al dirigente político de oposición:

  • El presidente de la AN electa en 2015 actuará como encargado de la presidencia de la República Bolivariana de Venezuela y sus actos serán objeto de las potestades de control de la Asamblea Nacional.

  • Guaidó podrá designar jefes de misiones diplomáticas ante los países que reconozcan la legitimidad de la institucionalidad derivada de la Asamblea Nacional opositora mientras persista este reconocimiento.
  • Tanto el presidente encargado como el Procurador Especial, designado por la presidencia encargada, deberán presentar un informe mensual ante la Comisión Delegada.
  • En cuanto a las instancias del interinato, se aprobó (artículo 42) mantener la Comisión de Administración del Gasto, mientras que el llamado Centro de Comunicación Nacional, encargado de aportar información sobre el Parlamento, será reestructurado.

Las atribuciones de la Comisión Delegada son las siguientes:

  • La Comisión Delegada designará a representantes internacionales en los países en los que se reconozca al Parlamento, pero no al interinato.

  • Autorizará las designaciones de los jefes de misión diplomática propuestos por el presidente interino y estos ejercerán sus funciones sometidos a las potestades de control de la Asamblea Nacional.
  • Designar representantes internacionales que actúen en materia de Derechos Humanos, migración o crisis humanitaria y lucha contra la corrupción, solo en aquellos países u organizaciones que no reconozcan a sus diplomáticos. Estos funcionarios podrán actuar en materia de organización y apoyo a los migrantes venezolanos y deberán rendir cuentas ante la Comisión Delegada.
  • Nombrar o remover a las personas que haya presentado el presidente encargado para las Juntas Administradoras ad-hoc.

Desde el 23 de enero de 2019 Guaidó ejerce como presidente interino con el objetivo de lograr elecciones presidenciales libres, justas y transparentes al considerar que los comicios en los que se reeligió Nicolás Maduro en 2018 fueron ilegítimos. Sin embargo, hasta la fecha ese cometido no se ha cumplido.

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