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lunes, 29 abril, 2024

Claves | Cómo debe presentar Maduro su memoria y cuenta

Nicolás Maduro presenta este martes 14 de enero su Memoria y Cuenta, ante la Asamblea Nacional Constituyente, tal como acostumbre hacer desde 2017

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El gobernante Nicolás Maduro presenta este martes 14 de enero su Memoria y Cuenta en el Palacio Federal Legislativo, pero ante la Asamblea Nacional Constituyente (ANC), como lo hace desde el año 2017, cuando la administración de Maduro declaró al Parlamento en desacato.

Sin embargo, de acuerdo con la Constitución Nacional y el Reglamento Interior y de Debates de la Asamblea Nacional (Ridan), aún le falta cumplir formalidades y reglas.

A continuación le presentamos cuáles son los artículos de la constitución y el Ridan que rigen este procedimiento anual.

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Lo que señala la Constitución

Según el artículo 237 de la Constitución de la República en el capítulo II, dentro de los primeros 10 días siguientes a la instalación de la Asamblea Nacional, en sesiones ordinarias, el presidente de Venezuela, personalmente, presentará anualmente al ente Legislativo un mensaje en que dará cuenta de los aspectos políticos, económicos, sociales y administrativos de su gestión durante el año inmediatamente anterior.

Según el Reglamento Interior y de Debates de la AN

El Ridan indica en el artículo 140, en lo que se refiere a las formalidades para recibir mensajes, informes y memorias y cuentas, que la Asamblea Nacional se encargará de fijar un lugar, día y hora para recibir los informes o mensajes especiales de quienes ejerzan la representación de las distintas ramas del Poder Público Nacional.

Asimismo, especifica que el Poder Legislativo acordará una sesión especial para recibir tanto los informes, mensajes, como las memorias y cuentas.

El artículo también indica que el documento debe ser entregado por los titulares de los despachos ministeriales, al presidente o presidenta de la Asamblea Nacional y que ellos serán llamados por la Secretaría.

En la misma sesión catalogada como especial, el Jefe del Parlamento ordenará a la Secretaría, remitir los informes o las memorias y cuentas de que se trate, a las comisiones a que corresponda realizar su estudio.

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