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martes, 2 julio, 2024

En Venezuela urge una reforma del Código Penal sobre delitos sexuales

Para el abogado constitucionalista y defensor de los derechos humanos Kelvi Zambrano, ponente invitado al ForoChat con El Pitazo este sábado 20 de junio, las leyes venezolanas otorgan penas de 10 a 15 años de prisión a los agresores en casos de violación

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A través de WhatsApp, 402 participantes debatieron el tema de los delitos sexuales, definidos como aquellos que afectan la libertad sexual, la dignidad y el desarrollo de la sexualidad de las personas. El invitado al forochat fue Kelvi Zambrano, abogado constitucional, defensor de presos políticos y profesor universitario, quien compartió contenidos y respondió preguntas.

Zambrano explicó que los crímenes sexuales son un conjunto de delitos que afectan la libertad sexual, la dignidad y el desarrollo de las personas. Asimismo, indicó que la noción conceptual de delitos sexuales se sostiene sobre la idea de la libertad sexual, cuya esencia es elegir libremente.

“Los delitos de índole sexual en Venezuela son la violación, la prostitución, la seducción, la corrupción de menores y los actos lascivos, y cuentan con dos actores: el sujeto activo (agresor) y el sujeto pasivo (víctima)”, puntualizó.

Desde la gerencia de Infociudadanos se abordó el tema de los delitos sexuales en el segundo Café con El Pitazo en línea de esta semana. El evento se llevó a cabo este 20 de junio a través de Whatsapp y contó con la participación de 402 lectores.

El invitado explicó que el bien jurídico protegido es el conjunto de bienes materiales e inmateriales que son efectivamente protegidos o tutelados por el derecho a través de la legislación. En el caso venezolano, Zambrano aseguró que de acuerdo con el Código Penal venezolano, el bien jurídico protegido por el legislador en el caso de los delitos sexuales son las buenas costumbres y el buen orden de la familia.

Según el abogado, los delitos sexuales se tipifican a partir del artículo 374 del Código Penal venezolano, y tienen a las buenas costumbres y el orden familiar como bienes jurídicos que deben ser protegidos. Zambrano señaló que las leyes venezolanas otorgan penas de 10 a 15 años de prisión a los agresores en casos de violación, con agravantes que aumentan la pena a 15 o 20 años si la víctima es un menor de edad, o cualquier persona que ante la ley sea considerada vulnerable, como los adultos mayores, los ciudadanos con enfermedades mentales o físicas que se encuentren impedidos, o aquellos bajo los efectos de sustancias narcóticas.

Una reforma penal necesaria

Los participantes al ForoChat mostraron su preocupación e indignación ante las penas y procedimientos en los delitos sexuales tipificados en las leyes venezolanas. La necesidad de mejorar el Código Penal es urgente para que la celeridad y sentencias tengan mejor cobertura en estos casos.

Desde Argentina, Luis Mota cuestionó las penas vigentes para los delitos sexuales en Venezuela, preguntando por qué no había sanciones mayores, como la pena de muerte. A esto se sumó Augusto Vivas, quién señaló cómo Colombia recientemente aprobó la cadena perpetua para estos delitos, y preguntó si ese hecho pudiese servir como precedente para que se adopte algo similar en Venezuela.

A esto Zambrano contestó que “no solo en Venezuela, sino en toda Latinoamérica debería iniciarse un gran movimiento para promover iniciativas de reforma penal en los parlamentos”, y citó de ejemplo a México, donde una diputada presentó una solicitud para que este tipo de delitos no prescriba.

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De la mano con lo anterior estuvo la participación de Mercedes Muñoz, directora de Avesa, quien comentó que en Venezuela debería considerarse a los delitos sexuales como delitos contra la integridad de las personas. Esta sería una denominación mucho más cercana a la realidad que la actual, basada en las buenas costumbres y el orden familiar. Muñoz aseguró que “esto no es un tema moral, es un tema de violencia sexual, física y psicológica”.

El abogado estuvo de acuerdo con este planteamiento, y recalcó una vez más la urgencia por reformar las leyes del país, además de afirmar que los delitos sexuales deberían estar al nivel de los derechos humanos, y no prescribir. Aun así, Zambrano señala que en algunos casos sería necesario reformar leyes de mayor rango, como la Constitución, para que penas como la cadena perpetua, o hasta la pena capital, de aprobarse luego de discutirlas, no colisionen con lo establecido en estos otros marcos jurídicos.

Delitos sexuales en menores

Yuley Rojas, desde Miranda, preguntó respecto a la responsabilidad jurídica que se genera cuando un menor de edad envía material de índole sexual a otra persona, y qué penalización recaería sobre el menor y sobre el receptor. A esto Zambrano contestó que la responsabilidad jurídica recae sobre los padres o representantes, y que el delito solo se configuraría si la persona receptora está ejerciendo alguna acción de presión o amenaza para obtener el material

En el caso de que el sujeto activo sea otro menor, quien violase o acosase sexualmente a otro, el abogado Zambrano dijo que las penas son las mismas que cuando se trata de un adulto, pero son casos que deben ser atendidos por tribunales especializados en materia penal de menores, como el Consejo del Menor.

Ciber-acoso sexual

Ana Cardozo, desde Maracaibo, planteó un escenario de actualidad, el ciber-acoso, y los casos en los que terceros publican sin autorización material sexual de otras personas, o amenazan con hacerlo si no se cumple con sus demandas. Preguntó si estos casos estaban tipificados en las leyes venezolanas.

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Kelvi Zambrano comentó que este es otro de los temas por los que se hace importante una reforma penal en el país, ya que el ciber-acoso no está regulado en los marcos legales venezolanos. Sin embargo, señaló que estos casos igualmente pueden ser atendidos por las autoridades, aunque se abordarán bajo las leyes que penalizan el acoso común.

Claves | El proceso de denuncia

Para finalizar su exposición, el abogado constitucionalista dijo cuál es el proceso que debe seguirse al momento de realizar una denuncia sobre abuso sexual:

1.       Dirigirse a la Fiscalía General de la República o a los cuerpos de seguridad del Estado, en las direcciones de atención a la víctima.

2.       Llevar la denuncia escrita o redactarla al momento de registrarla.

3.       La denuncia debe contener los datos de la víctima, un resumen de los hechos y los datos del agresor para poder ser procesada.

Zambrano reconoció la importancia de la información sobre estos temas y el valor de la participación ciudadana en el debate público como los del ForoChat con El Pitazo.

“La libertad sexual es la idea que nos permite defendernos frente a situaciones en las que una persona pretenda ejercer la violencia o mecanismos de coacción para obligarnos a tener un contacto con ellos desde el punto de vista de la sexualidad”, aseveró Zambrano.

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