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lunes, 20 mayo, 2024

COLUMNA BLINDADA | La letalidad en el des-orden público en Venezuela

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Hemos visto en el país casos de muertes y lesiones por violaciones de protocolos o extralimitaciones de funciones de los cuerpos de seguridad del Estado. Algunos casos han sido: la muerte de Geraldine Moreno en el año 2014, la fractura de cráneo de Andrés Guinand en el año 2017, las lesiones causadas a Rufo Chacón en 2019. Sin embargo, la actuación de los cuerpos policiales y militares ha cambiado poco a raíz de cada uno de estos casos.

Entre los causales comunes que se han observado:

  1. No respetar la distancia mínima para disparar la munición. Por menos de una determinada distancia la velocidad de los perdigones es muy alta, no se dispersa y puede tener impacto mortal.
  2. Modificación del cartucho o colocación de metras dentro del cañón del arma para hacerlo más letal. Como ha sido en el caso de lesiones causadas en manifestaciones en el año 2017 en diversas ciudades
  3. Error en el tipo de disparo hecho por parte de los funcionarios: Disparos directos al cuerpo, cuando claramente debe ser de manera parabólica o al ras del suelo.

Entonces, ¿qué se debe hacer para reducir esta letalidad?

  1. Revisión del Protocolo de Orden Público. En el caso de Venezuela, en su momento, se eliminó el uso de las peinillas ya que quedó demostrado que podían generar daños internos y hay un protocolo definido por Naciones Unidas para el control de manifestaciones, el cual Venezuela ha suscrito. Sin embargo, el uso de los perdigones es visto de manera común. En el caso de Ecuador, este es el cuarto nivel de uso de la fuerza, en donde incluso las bombas lacrimógenas y el uso de la ballena anteceden a esta estrategia.
    Otro ejemplo, en el caso de Reino Unido se utilizan bastones de goma por el nivel que implica ante la opinión pública disparar ante la población (en términos de confianza) y de posibles extralimitaciones por parte de los funcionarios, y de igual forma pasa en Chile ¿Por qué en Venezuela se utilizan entonces las escopetas tan a la ligera?
    En este punto es vital que el Ministerio Público, así como la Defensoría del Pueblo busquen la modificación de los protocolos.
  2. Reducir la anonimidad. Se supone que todo funcionario debe estar identificado en todo momento, sin embargo, cuando se trata de las funciones de orden público, la indumentaria genera anonimidad porque en ningún lado se encuentra la identificación del personal.
    Otros países, como es el caso de España, han instaurado el Número de Orden Público, el cual es un número que tiene asignada la totalidad del equipo antimotín y no coincide con el número de identificación policial . Este número es visible en todos los lados del uniforme y busca hacer más identificable al funcionario en caso de cometer irregularidades.
    Por ejemplo, ante el caso de Rufo Chacón, ¿por qué hay dos funcionarios de Politáchira detenidos cuando sólo lo impactó un proyectil? Pareciera que no se tuviera claro quién disparó y generó tales lesiones. Con este número todo sería más transparente.
    ¿A quién se le debe solicitar esta acción? El Ministerio de Interior y Justicia y el Ministerio de Defensa, deben realizar estas modificaciones y velar porque esto se haga.
  3. Reentrenamiento de funcionarios: Está establecido que todo funcionario debe hacer un curso de orden público para poder desempeñar esas funciones. ¿Cada cuánto tiempo se hacen los reentrenamientos? ¿Cómo se desempeñan nuestros funcionarios en las pruebas psicológicas con el paso del tiempo en la Unidad? ¿cómo es el protocolo de revisión de los funcionarios después de su participación en manifestaciones? ¿cómo se da la orden a escalar el uso de la fuerza en las protestas?

Una muerte o una herida causada en una manifestación siempre será un fracaso de la política de seguridad. La función del Estado es preservar la vida, bien sea durante una manifestación, un robo o un homicidio, sea causada por los cuerpos de seguridad o por civiles. Corresponde al Estado velar por los protocolos y que la actuación de los funcionarios sea acorde a la ley.

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