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domingo, 19 mayo, 2024

Estas son tres nuevas restricciones al derecho al asilo que prepara España

La propuesta del Ministerio del Interior de España, a la que tuvo acceso el diario El País, contempla ampliar los motivos para negar las peticiones de asilo o protección

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Caracas. El Gobierno de España prepara una nueva ley que contempla restricciones al derecho de asilo que tienen los migrantes, a tono con la línea marcada por la Unión Europea (UE) en los últimos años, reportó El País este jueves 19 de febrero.

El documento, al que tuvo acceso este diario español, contempla las propuestas del Ministerio del Interior, y la versión final depende de las negociaciones entre los ministerios de Seguridad Social y Migraciones y el de Exteriores.

Entre enero y septiembre de 2019 los venezolanos lideraron el ranking de las nacionalidades de los solicitantes de asilo en España: 28.429 personas procedentes de Venezuela pidieron protección internacional en ese país, de un total de 82.015 peticiones, reportó EFE.

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De acuerdo con el borrador de ese texto, estos son algunos puntos clave del paquete de restricciones que evalúa el Gobierno de Pedro Sánchez.

Plazo para las solicitudes de los recién llegados

Entre las propuestas que el gobierno español evalúa está el establecimiento de un plazo para las solicitudes de los recién llegados, que la legislación europea fija en 30 días, pero que en la actualidad, aunque está contemplado también en la ley española, no es causa para ser rechazado.

De acuerdo con las leyes españolas, el solicitante de asilo tiene un mes de plazo desde su llegada a ese país para acudir a la comisaría de policía autorizada o a algún puesto fronterizo (si no se encuentra en territorio español) para iniciar los trámites.

Límite a la protección en un Centro de Internamiento de Extranjeros (CIE)

Un Centro de Internamiento de Extranjeros (CIE) es un establecimiento público de carácter no penitenciario en donde se retiene de manera cautelar y preventiva a extranjeros sometidos a expediente de expulsión del territorio español.

La propuesta del gobierno español apunta a disminuir el plazo que los internos en estos centros tienen para formalizar su solicitud de asilo, después de que han sido informados de su derecho a pedir protección, es decir, bajar de 30 a 10 días este plazo.

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“Pasado ese plazo se entenderá que la solicitud ha sido formulada con la única intención de retrasar o frustrar la expulsión”, recoge la versión inicial de la ley que recoge El País.

La negativa por incumplir este plazo no estaría sujeta a revisión y solo se podría recurrir ante los tribunales.

Más motivos para negar las peticiones de asilo

Otra de las propuestas consiste en ampliar los motivos para negar las peticiones de asilo o protección. Entre ellos, figura la definición de zonas donde el solicitante pueda establecerse con seguridad en el país de origen.

Igual criterio se aplicaría si el solicitante tiene su residencia habitual en un tercer país también considerado como seguro. Se valorará “si existe vínculo entre la persona y el tercer país por el que sería razonable que el solicitante se fuese a ese país”, reza el texto en manos de El País.

La nota del diario español añade que ese vínculo puede consistir en tener familiares o haber residido legalmente allí inmediatamente antes de pedir protección en España.

Sin embargo, existe un atenuante: siempre se tendrá en consideración que el retorno no ponga en riesgo la vida o la libertad del solicitante por motivos políticos, de raza o religión.

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El texto preliminar también define el concepto de país seguro, en consonancia con el modelo comunitario. Este cambio implica que si el solicitante procede de un país considerado seguro por España, su solicitud puede ser rechazada.

Más seguridad jurídica a los solicitantes

En el texto preliminar no todas las medidas son desfavorable para los solicitantes. De acuerdo con el borrador, el gobierno español introduce cambios, entre ellos, el reconocimiento como solicitante de asilo en el momento en el que manifiestan su intención de pedir protección, lo que obliga a registrarlos oficialmente.

«Eso ya ocurría en la práctica; ahora quedará regulado por ley«, refiere la nota de El País.

Lee la nota de El País aquí

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