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viernes, 17 mayo, 2024

¿Qué pasa con los contribuyentes que no pagaron el Islr?

Los ciudadanos que incumplan con la declaración o el pago oportuno del Islr serán objeto de sanciones por parte de la Administración Aduanera y Tributaria, con multas de entre 100 % y 300 % del monto que no se reportó

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Caracas.- La declaración y pago del Impuesto Sobre la Renta (Islr) de este año permitió la recaudación de más de 4 millardos de bolívares, lo que equivale a más de 18.021.041 de petros, según informó este viernes 1 de abril, el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat). 

El lapso para cumplir con este proceso fiscal fue hasta el 31 de marzo. 

El Islr es un procedimiento que permite evidenciar la contribución financiera al fisco o exoneración del mismo. Además, suele ser un requisito solicitado por los bancos para abrir cuentas bancarias u otorgar créditos financieros y puede ser exigido por instituciones o empresas extranjeras al migrar para sortear la doble tributación.

Te contamos ¿Qué pasa con los contribuyentes que no pagaron?

Los ciudadanos que incumplan con la declaración o el pago oportuno del Islr serán objeto de sanciones por parte de la Administración Aduanera y Tributaria, con multas de entre 100 % y 300 % del monto que no se reportó.

Según el artículo 79 de la Ley de Impuesto sobre la Renta, este impuesto debe ser declarado por las personas naturales, asalariados con ingreso anual superior a 1.000 UT y no asalariados con ingresos brutos mayores a 1.500 UT.

Sin embargo, conforme a lo previsto en el decreto de emergencia económica actual, la base para este cálculo será de 6.000 UT. Mientras que las personas jurídicas deberán declarar independientemente de los ingresos generados.

El reglamento fija márgenes de ganancias fijados en UT que establecen cuánto debe pagar cada contribuyente.

Por la fracción comprendida hasta 1.000 UT (Bs. 20): 6%

  • Por la fracción que exceda de 1.000 UT hasta 1.500 UT (Bs. 20 – Bs. 30): 9%
  • Por la fracción que exceda de 1.500 UT hasta 2.000 UT (Bs. 30 – Bs. 40): 12%
  • Por la fracción que exceda de 2.000 UT hasta 2.500 UT (Bs. 40 – Bs. 50): 16%
  • Por la fracción que exceda de 2.500 UT hasta 3.000 UT (Bs. 50 – Bs. 60): 20%
  • Por la fracción que exceda de 3.000 UT hasta 4.000 UT (Bs. 60 – Bs. 80): 24%
  • Por la fracción que exceda de 4.000 UT hasta 6.000 UT (Bs. 80 – Bs. 120): 29%
  • Por la fracción que exceda de 6.000 UT (Bs. 120): 34%

En este sentido, las personas que durante 2021 generaron ingresos brutos superiores a Bs. 120 ($28) deberán pagar la tasa máxima contemplada en la ley y aportar 34 % de sus ingresos al fisco.

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