28.2 C
Caracas
viernes, 3 mayo, 2024

Claves | Irregularidades con el Igtf ¿Quiénes no cobran el impuesto?

En medio de la incertidumbre sobre el pago del Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras, persiste la duda entre los ciudadanos sobre cómo saber qué negocios cobran el tributo y cuáles no

-

Caracas.- El cobro del Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras (Igtf), que comenzó a regir el pasado 28 de marzo, ha generado incertidumbre entre los habitantes y los dueños de los comercios que continúan adecuando sus plataformas para recaudar el dinero.

Muchas de las preguntas que abundan en redes sociales y que hacen los ciudadanos de a pie, en los distintos recorridos que ha hecho el equipo de El Pitazo, es cómo saber qué comercios sí y cuáles no cobran el impuesto de 3% por pagar con divisas o criptoactivos distintos del petro o del bolívar.

Los venezolanos temen pagar el tributo en un local que no esté calificado para cobrarlo. Aquí te explicamos en dónde pagar y en dónde no:

  • Juan Castillo, abogado especialista en Derecho Tributario, aseguró a El Pitazo este 7 de abril que son solo los comercios denominados sujetos pasivos especiales los que cobran este impuesto, tal como lo anunció el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat).
  • Sobre este particular coincide con el abogado especializado en Derecho Financiero y Administrativo Daniel Betancourt, quien detalló en una entrevista para El Pitazo que el vendedor de verduras en un camión, el mercado municipal y el buhonero probablemente no sean calificados como sujetos pasivos especiales, por lo que no cobran este impuesto a los ciudadanos.
  • Fuera de esos casos contados del comercio informal, subrayó la posibilidad de que la mayoría en Venezuela haya sido notificado como sujeto pasivo especial.
  • Para Castillo, la única manera de saber si un negocio recibe la calificación de sujeto pasivo especial es consultar el Rif del local en la página del Seniat.

¿Quiénes son sujetos pasivos especiales?

Según Betancourt, califican los que hayan facturado durante más de un año más 130.000 unidades tributarias. El Seniat es el ente que se encarga de designarlos como sujetos pasivos especiales.

Considera el especialista que la cantidad de unidades tributarias es baja para cualquier comercio, por eso asomó la posibilidad de que hasta una bodega y un abasto puedan ser este tipo de contribuyentes.

Miles de venezolanos en las zonas más desconectadas del país visitan El Pitazo para conseguir información indispensable en su día a día. Para ellos somos la única fuente de noticias verificadas y sin parcialidades políticas.

Sostener la operación de este medio de comunicación independiente es cada vez más caro y difícil. Por eso te pedimos que nos envíes un aporte para financiar nuestra labor: no cobramos por informar, pero apostamos porque los lectores vean el valor de nuestro trabajo y hagan una contribución económica que es cada vez más necesaria.

HAZ TU APORTE

Es completamente seguro y solo toma 1 minuto.

Ayúdanos a cubrir todo el país
Hazte Superaliado/a